⭐ Novedades en las empleadas del hogar

Novedades en las empleadas del hogar

En la contratación hay novedades en las empleadas del hogar, según el  Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. Se trata de una equiparación con el Régimen General. sin llegar al cien por cien.

Prestar servicios en el hogar familiar se ha caracterizado, tradicionalmente, por tener un tratamiento diferenciado tanto por realizarse en un ámbito privado y no en una empresa como por la alta variabilidad de las jornadas o del número de personas empleadoras.

Prestación por desempleo para las trabajadora de hogar

¿Desde cuándo puedo cotizar por desempleo como empleada de hogar?                                           

La cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) será obligatoria para las personas empleadoras y empleadas del hogar a partir del 1 de octubre de 2022.  Tendrá derecho al paro si cuando finalice su contrato ha cotizado a desempleo, al menos, 360 días.

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Cotizaciones de las empleadas de hogar

  • Que se aplicara el  6,05%, del que el 5% será a cargo de la persona empleadora y el 1,05% la empleada

Por ejemplo, para la base de cotización media por hogar que, según nuestros datos, es de 655,22 euros, la cotización correspondiente sería:

  • Aporta la Empleadora: 32,76 euros
  • Aporta la trabajadora: 6,88 euros

Contrato de la empleada de hogar

Salario de empleadas de hogar.

Como mínimo, ha de ajustarse al SMI. En la actualidad es, por tanto, de 1.000 € al mes en 14 pagas y de 1.166,67 €/mes en 12 pagas. En el caso de la retribución por horas supone 7,29€/hora.

¿Existe el periodo de prueba para una empleada de hogar?

Dentro de este periodo podrá producirse la resolución de la relación laboral por cualquiera de las partes, pudiendo pactarse un periodo de preaviso que no podrá superar los siete días naturales.

Fin de la relación laboral empleadas domiciliarias.

El contrato puede recoger un periodo de prueba que no podrá superar los dos meses.

No hay desistimiento. Por tanto, cualquier extinción laboral de una empleada de hogar deberá recoger la causa en la que se fundamenta y hay que especificar las causas del despido.

La liquidación ha de sumarse la indemnización que será de 12 días por año trabajado con el límite de 6 mensualidades.

En Edades, cuidado de mayores le aclaramos todos estos novedades que afectan a las contrataciones de las empleadas de hogar, para que usted este bien asesorado desde el principio y no se lleve sorpresas

 

 

 

fuente:

https://revista.seg-social.es/-/20220930-guia-novedades-empleadas-de-hogar