La Inspección de Trabajo para que quienes tienen una empleada de hogar actualicen su salario. No solo basta con hacerlo, hay que comunicarlo oficialmente.
Desde la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) piden la actualización salarial se tiene que comunicar antes del 31 de marzo, con la información de la retribución real desde el 1 de enero de 2021 y, además, ese salario no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).. Esto sería, para una jornada completa, 950 euros al mes en 14 pagas (1.108,33 euros al mes con las pagas extras). «Si la retribución abonada es superior a esa cantidad, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, y el prorrateo de pagas extraordinarias. Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias, la manutención que constituyan el salario del empleado de hogar», precisan desde esta institución.
-Hay que disponer de certificado electrónico, cl@ve o identificación vía SMS, se puede hacer desde el servicio de Variaciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar disponible en este aquí.
-Si no se dispone de estos medios de identificación electrónicos, se puede contactar con cualquier oficina de Edades, para que se lo regularicen